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VIAJAR A VENEZUELA Y LA DOBLE NACIONALIDAD
Recordamos que
La Ley de Nacionalidad y Ciudadanía de fecha
01 de julio de 2004, establece lo siguiente:
Artículo 7:
“Los venezolanos y venezolanas que posean
otra nacionalidad deberán hacer uso de la
nacionalidad venezolana para su ingreso,
permanencia y salida del territorio de la
República, debiendo identificarse como tales
en todos los actos civiles y políticos”
Es por ello
que recomendamos siempre tener el pasaporte
venezolano vigente. Para ver los requisitos
de expedición, renovación o prórroga de
pasaportes venezolanos, piche
aquí.
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