Existen dos formas de
otorgar un Poder que tenga validez en la
República Bolivariana de Venezuela:
1.- Dirigirse al Notario
español, otorgar el poder ante él y
colocarle al documento la Apostilla de
La Haya de 1961.
2.- Que el Consulado
General funja como Notario: para ello
deberá presentarse la documentación
siguiente:
a.- Documento a ser
otorgado, redactado por una abogado
venezolano. Este documento puede ser
enviado por correo electrónico
(tramites@consulvene-canarias.org) o entregado en un
disquete, todo ello con miras a
acelerar la tramitación del
documento.
b.- Copia del
Pasaporte y la Cédula de Identidad
del otorgante
c.- De ser el caso,
cuando se otorgue un poder para la
compra-venta de un bien, deberá
presentarse la documentación que
acredite la propiedad de dicho bien.
Estos recaudos pueden
entregarse personalmente en el Consulado
General o ser enviados por correo,
anexando una nota de solicitud y un
número de teléfono. Una vez revisada la
documentación, se le llamará a los fines
de indicarle el costo por concepto de
derechos consulares que genera este
trámite y fijar la fecha de la cita para
que se apersone a firmar el documento.
